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A la Justicia por el voto joven

 El voto joven a partir de los 16 años fue aprobado por ordenanza semanas atrás pero el artículo 139 de la Carta Orgánica habla específicamente del derecho a sufragar desde los 18 años, por eso concejales y la Defensoría del Pueblo decidieron plantear una acción de inconstitucionalidad de ese artículo para habilitar el voto.
La iniciativa para que los adolescentes a partir de los 16 años puedan votar en elecciones municipales fue promovida por el Frente Grande en consonancia con normas nacionales que autorizan el voto joven. Sin embargo al aprobarse la ordenanza el concejal Leandro Lescano anticipó que promovería un planteo de inconstitucionalidad al artículo 139 de la Carta Orgánica que establece que el electorado estará integrado por "argentinos mayores de 18 años inscriptos en el padrón electoral".
La misma advertencia respecto al impedimento de la Carta Orgánica habia hecho la asesora letrada del Concejo Municipal, Josefina González Elizondo en su dictamen.
Por eso, ahora el presidente del cuerpo Ramón Chiocconi junto a Lescano y la defensora del Pueblo, Andrea Galaverna, iniciaron una serie de reuniones para delinear el proceso para garantizar el voto a partir de los 16 años y acordaron promover en conjunto ante la Justicia una acción de inconstitucionalidad en vez de optar por la vía de la enmienda que consideran más compleja.
Además ambos organismos acordaron reuniones semanales para trabajar en este tema y organizar en conjunto visitas a los establecimientos educativos para brindarles a los jóvenes información acerca del alcance de la norma y del proceso que se deberá realizar para poder alcanzar el fin previsto.


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