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Arbos: Madrazo confesó y quedó libre

 ROCA.- El abogado Gonzalo Madrazo admitió ante la justicia haber cometido el delito de "estafa agravada en perjuicio de la Administración Pública" al desviar, en 1999, un subsidio de 1.750.000 pesos que Nación había entregado al policlínico Arbos de Bariloche, entidad que él administraba.

El abogado que estuvo prófugo durante los últimos meses de tramitación de la causa y que faltó tanto al primer juicio oral como al segundo, aceptó una condena de 3 años de prisión en suspenso, es decir, un año menos que la pena de 4 años de prisión efectiva que les impuso el Tribunal Oral Federal de Roca a los demás imputados de la causa, los dirigentes de Bariloche Omar Goye, Ovidio Zúñiga, Wálter Cortes y Víctor Carcar.

El 17 de octubre pasado Madrazo quedó en libertad tras el acuerdo entre su defensor, Federico Diorio, y la fiscal general federal Mónica Belenguer. Pactaron un juicio abreviado y una condena de tres años de ejecución condicional, aunque no se conocía hasta ayer si el acuerdo había sido homologado por los jueces.

A cambio de salir de la celda de la Unidad Federal 5 de Roca en la que estuvo detenido desde mediados de septiembre pasado, el Tribunal le impuso un embargo de bienes por 1,9 millones de pesos. Como su patrimonio personal, al parecer, no alcanzaría para cubrir esa suma, otras dos personas se comprometieron "en forma solidaria a responder patrimonialmente en caso de incumplimiento de Madrazo a sus deberes de conducta". Se trata de Horacio Carlos Gianella y Francisco Madrazo, quienes avalaron la caución ante el juez federal de Mendoza Walter Bento.

Además del embargo, Madrazo deberá mantener su domicilio y presentarse cada 15 días a firmar a una delegación de la Policía Federal en Mendoza, donde está radicado.

Todo surge de tres fallos sucesivos dictados entre el 15 y el 17 de octubre por los jueces Mario Lozano, Richar Gallego y Gustavo Villanueva, integrantes para esta causa del TOF de Roca. Las sentencias están publicadas en la agencia digital de noticias del Poder Judicial de la Nación (CIJ).

La primera sentencia resolvió que uno de los dos hechos de corrupción que se le imputaban a Madrazo (el desvío de un subsidio de 185.000 pesos/dólares) estaba prescripto por haber transcurrido más de 6 años entre la citación a juicio y la fecha prevista de juzgamiento (el 21 de abril pasado), audiencia a la que el abogado faltó sin justificación y por eso se declaró su rebeldía y se ordenó su captura.

Pero el tribunal no dio por prescripta la acusación por el segundo hecho (el desvío de 1.750.000 pesos) por una razón inesperada: el fiscal federal de Bariloche, a raíz de la orden del TOF de avanzar en busca de presuntas complicidades en la estafa, impulsó hace poco la acción penal contra varios exfuncionarios del Ministerio de Salud de la Nación. Uno de ellos, Delia Suárez González, siguió por varios años (después del desvío) ocupando un alto cargo en la cartera nacional y eso hizo aplicable el polémico artículo 67 del Código Penal, que "suspende" el cómputo de la prescripción en los delitos "cometidos en el ejercicio de la función pública" con respecto "a todos los que hubiesen participado, mientras cualquiera de ellos se encuentre desempeñando un cargo público".


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