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ATE evalúa retener servicios por demora en el cronograma

 "No es joda. Hay una enorme cantidad de trabajadores de la Administración Pública que ya no tiene plata para comer. Antes eran deudas que se pagaban vencidas, pero ahora ya estamos hablando de la alimentación de toda la familia. Es indignante. Los políticos que con sus sueldos viven de fiesta en Río Negro, ya perdieron toda sensibilidad y no les preocupa las necesidades de los demás", sentenció Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE y CTA Río Negro. "Apenas lo definan nuestros abogados, vamos a iniciar una retención de servicios total. Tenemos que mostrar nuestro enojo y que sepan que estamos decididos a que dejen de jugar con nuestras necesidades y las de nuestros hijos", aseguró el dirigente gremial de los estatales

Señalan desde el gremio "que la mayoría de los empleados públicos manifiestan que ya no cuentan con recursos económicos y que no pueden esperar hasta mitad de mes para recibir sus sueldos".

Además, afirman que nunca existió bajo la actual gestión de Gobierno un atraso de esta magnitud, si se tiene en cuenta que está vez la totalidad del recurso humano (estatales, docentes, judiciales, legislativos y policía) verán liquidados sus ingresos una vez que se hayan vencido todos sus impuestos, servicios, alquileres y otros compromisos asumidos.

El gremio también señala que serán más de 30.000 los agentes que cobrarán recién los días 13 y 14 de diciembre, poniéndose en riesgo la subsistencia de éstos y sus grupos familiares.

Para ATE que el Gobierno decidiera anunciar también la fecha de la segunda mitad del Sueldo Anual Complementario (SAC), generó más bronca en los trabajadores, ya que sienten que se los subestima o que los funcionarios políticos le están tomando el pelo.

"El Gobierno actual no valora, ni reconoce los enormes esfuerzos, el sacrificio y la vocación de servicio que realizan los empleados públicos para sostener el funcionamiento del Estado, aún en pésimas condiciones laborales", expresan.

Por último, la entidad sindical señaló que según la Ley 20.744, en su Artículo 128, es la única que habla de plazos de pago y que en el caso de las remuneraciones mensuales deberían ser abonadas dentro de los primeros 4 días de cada mes, cuestión ésta que permitiría comenzar con la retención de tareas entre el lunes 5 y martes 6 del corriente mes.


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