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Conceden a comunidad mapuche entierro en su territorio ancestral

 El Municipio hizo lugar al pedido formal de la comunidad mapuche Lof Che Buenuleo, que solicitó la inhumación de los restos de uno de sus integrantes, Longko Antonio Buenuleo Curinao, en su territorio ancestral. El jefe indígena lideraba una comunidad de diez familias y entre 80 y 100 habitantes, residente a unos 16 kilómetros al sur del centro de Bariloche, en proximidades del barrio El Pilar I, fundado por iniciativa del mismo Buenuleo.
El espacio en cuestión, está ubicado en Lote Pastoril 127 de la Colonia Nahuel Huapi, inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble de Río Negro, finca 16043.
Esas tierras, fueron registradas en el Programa Nacional de Relevamiento Territorial de las Comunidades Indígenas (Ley 26.160) como pertenecientes a la Comunidad Buenuleo.
En ese sentido, el Municipio alegó que los artículos 210 COM, 75 inc. 17 CN y 5 y 8 del Convenio 169 OIT, “reconocen la preexistencia del pueblo Mapuche y garantizan el respeto a su identidad, la preservación y fortalecimiento de sus pautas culturales y reconoce sus propias instituciones políticas y culturales y mandan a proteger los valores y prácticas sociales, culturales, religiosos y espirituales propios y a respetar la integridad de los valores, prácticas e instituciones de esos pueblos, sus costumbres y derecho consuetudinario”.
Sobre el pedido, la Intendenta resolvió: “Dado el carácter de Longko que revistió en vida el Sr. Antonio Buenuleo Curinao, encuentro procedente autorizar por vía de excepción la inhumación de sus restos mortales en las tierras ancestrales pertenecientes a la Comunidad Buenuleo”.
Antonio Buenuleo, hijo de Antonio Buenuleo y Pilar Curinao, es el jefe de la cuarta generación de la comunidad en Bariloche, y fue hijo, nieto y bisnieto de padres de familia homónimos.
El pionero se instaló en un predio que le dio el gobierno argentino en compensación por su trabajo y colaboración en la región, y comenzó a desarrollar ahí el lof-che (comunidad), que se convirtió en una de las principales entre los pueblos originarios del sur argentino.
Al igual que sus predecesores, el fallecido lonko desarrolló una fuerte labor comunitaria, que además de la creación del barrio vecino, contribuyó a la instalación en el predio de la comunidad de la escuela primaria 329 y con un centro de salud para toda la zona.
Por último, se advirtió que la comunidad deberá “guardar el debido y fiel cumplimiento a las disposiciones que el Código de Edificación y la Ordenanza 1194-CM-02 establecen en la materia, formalizando con carácter previo el correspondiente expediente administrativo ante las áreas con incumbencias de éste Municipio”. (ANB)


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