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El Superior Tribunal de JusticiaSTJ se declaró competente en amparo por vertidos de lí

 En el marco de la acción de amparo promovida por organizaciones ambientalistas junto a la Senadora Magdalena Odarda, el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro se declaró competente y dispuso las primeras medidas de intimación a los potenciales responsables, a saber: el Departamento Provincial de Aguas, la Secretaría de Ambiente de la Provincia y la Cooperativa de Electricidad Bariloche, para lo cual ordenó la publicación de edictos en el marco de la ley 2779 que regula los amparos colectivos a fin de que puedan adherir al reclamo los ciudadanos que se consideren afectados o interesados en el caso.

 

Habiéndose denunciado durante las últimas horas un nuevo vuelco de importantes dimensiones de líquidos cloacales, la medida dispuesta por el STJ deviene urgente y necesaria como un paso para disponer las medidas solicitadas por los amparistas, dado que hasta el momento no ha existido por parte de los poderes públicos responsables o de la cooperativa concesionaria ninguna medida efectiva que impida y sancione este tipo de derramamientos, permitiendo que se continúe contaminando indiscriminadamente al Lago emblema de todos los barilochenses y rionegrinos.

El Nahuel Huapi no puede seguir viéndose afectado por resultado de las malas políticas o de los presupuestos insuficientes, por lo que resulta indispensable que se dispongan las medidas eficaces para su protección.

Los constantes episodios de vuelcos de líquidos cloacales crudos al Nahuel Huapi se deben a una falta de capacidad de transporte del sistema cloacal vigente en Bariloche, razón por la cual el Poder Judicial debe involucrarse y obligar a la adopción de medidas ejemplares, tal como lo hiciera la Corte Suprema de Justicia en el caso “Riachuelo”, donde se ordenó al Estado de la Nación Argentina, al de la Provincia de Buenos Aires y al de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a crear un órgano específico (ACUMAR) y a adoptar todas las medidas necesarias para ir procediendo paulatinamente a la limpieza del Riachuelo, disponiendo para ello del presupuesto necesario por parte de los tres Estados y estableciendo la sanciones en caso de incumplimiento.

En este sentido, los amparistas y las organizaciones interesadas vienen sosteniendo la necesidad de proceder a la construcción del segundo colector costanero desde el Puerto San Carlos hasta la Planta Depuradora de Bariloche, la ampliación del colector oeste desde Melipal hasta el Monolito y la construcción del segundo módulo de la Planta de Tratamiento de Líquidos Cloacales, con lo que recién podría considerarse optimizado el sistema instalado actualmente.


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