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Juicio por jurados divide a jueces rionegrinos

 ROCA.- Para la mitad más uno de los jueces penales rionegrinos el juicio por jurados es inconstitucional a la luz de la Carta Magna provincial. Así lo votaron ayer en el marco del plenario anual de magistrados del fuero que se realizó en Roca. Catorce votos obtuvo el dictamen de comisión que consideró inconstitucional el juzgamiento por tribunales populares, contra los trece votos que avalaron la opinión contraria y sostuvieron que el juicio por jurados está respaldado por la Constitución Nacional y por normativa internacional. Hubo sólo dos abstenciones. Tan ajustado fue el debate que los jueces del Superior Tribunal de Justicia Sergio Barotto y Liliana Piccinini, a cargo de conducir el plenario, solicitaron una votación nominal para esclarecer la posición mayoritaria.

Quienes alzaron su mano por la inconstitucionalidad se respaldaron -entre otros argumentos- en que la Constitución rionegrina demanda "fundamentación razonada y legal" para los fallos, mientras que la decisión de los jurados se basa en la "íntima convicción" de los vecinos. Además, sostuvieron que se afectaría la garantía de "doble conforme" por limitarse las posibilidades de recurso.

En contra votaron quienes sostienen que la Constitución Nacional debe primar, pues expresamente manda al Congreso a dictar las leyes "que requiera el establecimiento del juicio por jurados" y a "terminar por jurados" todos "los juicios criminales ordinarios", entre otros fundamentos.

El plenario de jueces abordó, además, una extensa lista de temas sobre el modo de aplicación de ciertos institutos y prácticas procesales. Por unanimidad, por ejemplo, se pronunciaron por derivar de inmediato a los fiscales los preventivos policiales que llegan a los juzgados de instrucción, dando al Ministerio Público el protagonismo que le asigna el sistema penal acusatorio, de modo que sea el fiscal y no el juez el que "fije" el hecho a investigar y proponga desde el comienzo del expediente la prueba a producir.

Por mayoría también se avaló la posibilidad de repetir, en ciertos casos, las declaraciones de menores de edad en Cámara Gesell y se admitió la restricción a los jueces para formular preguntas a imputados y testigos en los juicios orales.

Todas las conclusiones del plenario serán analizadas ahora por el Superior Tribunal de Justicia, que podrá instrumentar por medio de acordadas aquellas prácticas y criterios que resultaron más consensuados.


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