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Procesaron a padrastro que golpeó al hijo de cuatro años de su pareja

 Según informaron desde el Poder Judicial, el Juez Martín Arroyo, titular del Juzgado de Instrucción Nro. 2 por subrogancia, dictó el procesamiento de Martín Fabre como presunto autor de los delitos de Lesiones Graves en Concurso real con Lesiones leves.

La imputación realizada por el Fiscal Bernardo Campana formuló el hecho imputado a Fabre. En este sentido se ha detallado que entre los primeros días del mes de Abril de 2.015 y las 22,30 horas del 22 de Abril del año en curso Fabre, en distintos días y horarios, sometió al hijo de su pareja, un niño de cuatro años de edad a permanentes maltratos verbales y físicos en la vivienda que compartía con el niño y la madre de éste.

Se detalla también que el niño convivió con el imputado desde principios de Marzo de 2.015 hasta Abril del mismo año. Como consecuencia del maltrato referido el nene sufrió una serie de lesiones graves que pusieron en riesgo su vida.

El niño sufrió lesiones en distintas partes de su cuerpo además de fractura de 1/3 de cúbito derecho, y pérdida de sangre e inhabilitación por más de un mes.

La fiscalía consigna que entre los días 19 y 21 de Abril de 2.015 en el interior de la vivienda, Fabre empujo al niño provocando lesiones en el párpado inferior del ojo derecho, al día siguiente procedió a apretarle la cara, provocando la inflamación del otro ojo. En tanto el miércoles 22 de Abril de 2.015 en horas de la mañana procedió a golpearlo en la pierna derecha , derivando este golpe en la rotura del músculo de la cara externa y fractura de cúbito 1/3 distal.

En la imputación se consigna que Fabre amenazó y sometió psicológicamente a la madre del niño, para que la misma no mantenga contacto con miembros de su familia, no cuente nada de lo que ocurría con el niño, no lo hiciera atender por médicos, al tiempo que le quitó su celular y billetera.

Antecedentes

La presente causa se inicia con el llamado realizado por personal del hospital Ramón Carrillo al Nro. 911 cuando ingresa el niño a terapia intensiva por el tipo de lesiones que presentaba.

Se encuentran agregados los informes forenses que dan cuenta de las lesiones sufridas. Se encuentran agregados también los testimonios de las pediatras que atendieron al niño en el hospital, quienes detallaron al tribunal que en la revisación efectuada detectaron que el niño había sufrido maltrato, con lesiones de vieja data. No obstante su madre había referido que se había caído y golpeado con un mueble. Se consigna también que luego de entablar una charla con el niño , este menciona que fue golpeado por "Tincho" refiriéndose al imputado. Se recogieron testimonios de vecinos, como así también prestó declaración la madre del niño, quien relató haber vivido una situación de extrema violencia con el imputado, de tal dimensión que imposibilitó su reacción, confirmando al Juez el maltrato al que era sometido su pequeño hijo.

Se recogió el testimonio de la operadora de guardia del Ministerio de Desarrollo Social que intervino .

Cabe señalar que el imputado prestó declaración indagatoria en tres oportunidades con presencia de su abogado defensor. En todas las oportunidades negó haber maltratado al niño, relatando que solamente se limitaba a llamarle la atención y mandarlo al "rincón" para que modificara su conducta, consignando que el niño era "caprichoso" y "desobediente", al tiempo que minimizó las lesiones afirmando que se había caído en la bañera, que "rozó su pierna con la del niño" etc.

En este sentido ha consignado el Juez Arroyo: "...Las lesiones que sufrió A. C. D. antes del 22 de Abril de 2.015 pueden ser subsumidas en el tipo del Art. 89 del C. P. Sin embargo, la habitualidad de brutales golpes que inicialmente sospechaba, es decir la cronicidad de lesiones graves, quedó descartada al advertir que fue solo un día, el que Fabre golpeo al niño poniendo en peligro su vida o impidiendo realizar actividades habituales, requisitos estos que permiten agravar las lesiones que sufrió ese día en función del Artículo 90 del C. P.

Agrega además : "...Claro que esto no sólo no justifica sino que además no explican el brutal ensañamiento que el imputado descargó contra el inocente niño ..Sin embargo considero apropiado, con la provisionalidad que esta etapa tiene calificar lo denunciado como dos hechos, uno de lesiones leves en concurso real con lesiones graves.- (Arts. 45, 55, 89 y 90).

En cuanto al modo de producción de las lesiones, el Juez Arroyo ha valorado lo narrado por el niño, su madre, los testigos, como así también la pediatra interviniente quien relató "Que nunca vio una lesión como la que presentaba la víctima en su muslo, no obstante haber tratado a varios niños que se han caído en la bañera..."

Con respecto a las medidas cautelares el Juez Arroyo detalla que no se advierten riesgos procesales , por lo que no se disponen medidas de coerción. Aclara que si bien oportunamente se rechazó la excarcelación al considerar que el imputado podría entorpecer el descubrimiento de la verdad al influir en la declaración de la madre y en la entrevista con el niño, lo cierto es que esa prueba ya se ha producido con presencia de la defensa, a lo que se suma que la Cámara IIa. lo ha excarcelado el pasado 8 de Mayo, con la imposición de una medida de no acercamiento que se viene cumpliendo hasta la fecha. Por lo tanto, ha considerado que se ha producido toda la prueba necesaria para clausurar esta etapa de investigación.


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