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Proyecto que prohíbe el uso de cianuro y mercurio en el proceso de extracción de miner

 El presidente del bloque de la UCR, Bautista Mendioroz, presentó un proyecto de ley que prohíbe el uso de cianuro y mercurio en el proceso de extracción, explotación e industrialización de minerales metalíferos en la provincia de Río Negro.-

 


“Las empresas y/o particulares que a la fecha de sanción de la norma, posean la titularidad de concesiones de yacimientos minerales de primera categoría, deberán adecuar sus procesos de explotación a las previsiones de la ley” explicó el autor.

La actividad minera como toda actividad productiva de carácter extractivo no renovable ha generado históricamente, y en particular en las últimas décadas, fuertes controversias entre la mirada de quienes la consideran sólo desde el punto de vista productivista, en tanto generadora de riqueza, minimizando o soslayando los impactos ambientales que genera, en contraposición a los planteos desde la óptica conservacionista a ultranza que, bajo la premisa de la preservación ambiental plantean su desistimiento como actividad productiva.

“En este punto aparece como desafío desarrollar una minería en un marco de desarrollo sostenible, resulta indispensable entonces componer el conflicto de intereses entre el desarrollo minero y la preservación del medio ambiente” expresó Mendioroz.

Resaltó que nuestra provincia no le ha dado la espalda a la actividad minera, así después de años se ha reactivado el complejo minero de Sierra Grande, asimismo se produjo la apertura de la firma Alcalis de la Patagonia en San Antonio Oeste. En ambos casos la provincia no renunció a su responsabilidad con la protección del medio ambiente procediendo conforme la normativa vigente en materia ambiental.

Mendioroz expresó que tanto la Constitución Nacional como la provincial se expresan en cuanto al derecho de los habitantes de gozar de un medio ambiente sano.

Hoy nos encontramos nuevamente ante una situación como es la del eventual uso del cianuro en procesos de lixiviación para la explotación de oro, dada la irrupción del proyecto de ley Nº 884/2011 de diciembre de 2011, mediante el cual la actual gestión de Gobierno derogó o abrogó la ley Q Nº 3.981, norma que prohibía en Río Negro el uso de cianuro y/o mercurio en el proceso de extracción, explotación y/o industrialización de minerales metalíferos.

“El hecho de que este nuevo proyecto de derogación de la denominada 'Ley anticianuro' fuera sancionado luego de un brevísimo, acelerado y desinformado trámite parlamentario, impidió un debate más profundo, más meditado, mas esforzado en la búsquedas de consensos, o de puntos de acuerdo y no hubo oportunidad alguna de contribuir con algo que se quería aprobar si o si, a como de lugar” opinó el legislador Mendioroz.

El parlamentario mencionó en los fundamentos del proyecto los peligros de la utilización cianuro y mercurio en el proceso de extracción y resaltó que “la mayoría de los proyectos mineros en Río Negro se encuentran radicados en la línea sur de la provincia, justamente donde no hay un estudio certero y preciso respecto a las cuencas hídricas de la zona y el impacto que dicha actividad generaría. Así es que se desconocen en muchos casos los volúmenes de agua y la existencia o no de una interconexión entre las cuencas”.

“Resulta institucionalmente deseable que los gobiernos desarrollen y pongan en práctica las políticas, programas y acciones en forma coherente con los principios rectores de una gestión, con un grado de claridad y previsibilidad suficientes que las tornen efectivas y duraderas, y por tanto confiables y creíbles, máxime cuando comprenden actividades de gran impacto como la minería a gran escala, y siempre con la mirada puesta en lo ambiental” expresó el legislador.

Mendioroz sostuvo que “cuando una actividad se plantea como una amenaza para la salud humana y el medio ambiente, es necesario poner en práctica el principio precautorio. De esta manera, deben tomarse medidas precautorias aún cuando algunas relaciones de causa y efecto no se hayan establecido de manera científica en su totalidad. La utilización de sustancias tóxicas y su emisión en la explotación de los recursos naturales y las alteraciones físicas del medio ambiente han tenido importantes consecuencias involuntarias que afectan la salud humana y el medio ambiente”.

“Las acciones comprometidas en mejorar la salud global, requieren un llamamiento por el reconocimiento del principio de precaución como un componente clave en la toma de decisiones de política ambiental y sanitaria, particularmente cuando deban considerarse amenazas complejas y aún inciertas” mencionó.

Finalmente Mendioroz explicó que “debe quedar en claro que esta iniciativa en modo alguno prohíbe la extracción de minerales de primera categoría en la provincia, sino que ante la falta de certezas sobre las consecuencias ambientales que se pudieran provocar, no se autorizan en el territorio provincial, por aplicación del Principio Precautorio desarrollado, los métodos de lixiviación a base de cianuro o de mercurio, existiendo otros métodos que permiten la extracción de dichos minerales”.


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