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Todo lo que tenés que saber antes de ir a votar este domingo

 Este domingo tienen lugar las elecciones legislativas 2017. Te recordamos todo lo necesario antes de ingresar al cuarto oscuro.

¿Dónde voto?

La Junta Nacional Electoral puso a disposición el padrón para que cada ciudadano pueda saber dónde vota y en qué mesa emitirá su voto. La información, aquí.

¿Qué se vota este domingo?

El próximo domingo 22 de octubre se votarán en todo el país diputados y senadores para el Congreso de la Nación Argentina.

En esta elección se renovará un tercio de la Cámara de Senadores para el período 2017- 2023 y casi la mitad de la Cámara de Diputados para el periodo 2017-2021.

¿A qué hora abre y cierra el acto electoral?

Las elecciones comienzan a las 8:00 y cierran a las 18:00 horas.
Si hubiera electores en la fila de la mesa esperando para emitir el sufragio el presidente de mesa debe continuar recibiendo los votos hasta que el último de la fila haya votado.
El escrutinio de mesa no podrá comenzar, en ningún caso, antes de las dieciocho horas, aun cuando hubiera votado la totalidad de los electores del padrón de esa mesa.
El escrutinio y suma de los votos obtenidos por los partidos se hará bajo la vigilancia permanente de los fiscales, de manera que estos puedan cumplir su tarea con facilidad y sin impedimento alguno

¿Quiénes pueden votar?

Los argentinos nativos y por opción desde los dieciséis (16) años y los argentinos naturalizados desde los dieciocho (18) años, siempre que figuren en el padrón electoral y exhiban documento habilitante. También podrán votar los procesados que se encuentren cumpliendo prisión preventiva; y los argentinos residentes en el exterior que tengan domicilio asentado en el exterior al 25 de abril de 2017.

¿Quiénes están excluidos del padrón electoral?

- Los dementes declarados tales en juicio.
- Los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena.
- Los condenados por las faltas previstas en las leyes nacionales y provinciales de juegos prohibidos, por el término de tres años; en el caso de la reincidencia, por seis.
- Los sancionados por la infracción de deserción calificada, por el doble de término de la duración de la sanción.
- Los declarados rebeldes en causa penal, hasta que cese la rebeldía o se opere la prescripción.
- Los inhabilitados según las disposiciones de la Ley Orgánica de Partidos Políticos.
- Los que en virtud de otras prescripciones legales y reglamentarias sean inhabilitados para el ejercicio de los derechos políticos.

¿Pueden votar los extranjeros en las elecciones nacionales?

No, no podrán votar en las elecciones para cargos nacionales.

¿Cuáles son los documentos habilitantes para votar?

Los documentos habilitantes son:
Libreta de enrolamiento/libreta cívica
DNI libreta verde
DNI libreta celeste
Tarjeta del DNI libreta celeste
Nuevo DNI tarjeta
No se permitirá el voto de ciudadanos cuyo documento corresponde a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral. Si se admitirá el voto de quien se presente con una versión posterior al documento que figura registrado en el padrón.
El elector puede votar presentándose con libreta de enrolamiento o libreta cívica siempre que no haya gestionado el DNI. También podrá votar si se presenta, por ejemplo, con un DNI triplicado y en el padrón figura que se le otorgó un duplicado. No podrá hacerlo, cuando se presente a votar con un DNI libreta verde, habiendo gestionado el nuevo DNI tarjeta.

¿Puedo votar si no aparece mi foto en el padrón?

Si, ya que solamente constarán las fotografías de aquellos electores mayores de edad que hayan tramitado un nuevo ejemplar de su DNI y que dicha situación se haya comunicado a la Cámara Nacional Electoral con anterioridad al 25 de abril de 2017, fecha de cierre del padrón provisorio.

¿Por qué aunque tengo 16 años no figuro en el padrón?

Porque no realizó la actualización de los datos identificatorios obligatoria a partir de los 14 años antes del 25 de abril de 2017, fecha de cierre del padrón provisorio, o porque la información no fue remitida por el Registro Nacional de las Personas a la Cámara Nacional Electoral para su inclusión. En caso de que la persona hubiese efectuado la actualización de su documento de identidad a los 14 años (anteriormente prevista a partir de los 16 años), podrá reclamar a la justicia nacional electoral su inclusión en el padrón, en los plazos que establece el Código Electoral Nacional.

¿Qué sucede en los casos de faltantes de boletas?

El presidente de mesa, auxiliado por el delegado de la justicia nacional electoral debe verificar que existan en todo momento boletas de las agrupaciones políticas, los cuales las repondrán a pedido del presidente de la mesa o, en su defecto, lo hará él con las boletas de contingencia entregadas por el servicio de correo. En caso de que se agoten las boletas de contingencia, la responsabilidad de reponer las boletas es de los fiscales partidarios.

¿Qué sucede si no voté?

El elector que no haya emitido su voto por algunas de las causales enumeradas en la respuesta a la pregunta 4 debe asistir a la secretaría electoral correspondiente al distrito de su domicilio para justificar su abstención, con la documentación que acredite el motivo de la falta.

¿Si no voté en las elecciones primarias, puedo votar en las elecciones generales?

Si, puede votar en las elecciones generales, sin embargo deberá justificar la no emisión del voto en las primarias. (Bariloche Opina)

Más información: https://www.electoral.gov.ar/pf.php


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