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Ultima semana para recuperar el 35% de AFIP por gastos con tarjeta en el exterior

 El viernes será el último día para solicitar el reintegro. Se trata de la retención en concepto de adelanto de Bienes Personales o Impuesto a las Ganancias que la AFIP hizo sobre consumos con tarjetas, compras por internet y la adquisición de moneda extranjera. Cómo es el trámite.

Quien no paga Ganancias ni Bienes Personales también puede solicitar la devolución de los montos cobrados como anticipo a estos tributos. Los empleados en relación de dependencia tienen tiempo hasta el 31 de enero próximo.
La percepción corresponde al 35% que cobra el organismo para paquetes turísticos, pasajes aéreos a otros países y consumos con tarjeta de crédito y débito en el exterior. Lo que popularmente se denomina como “dólar tarjeta”, que actualmente se ubica en $11,57.

Antes de empezar el trámite, se debe consultar la norma vigente. La reglamentación para solicitar esta clase de devoluciones se encuentra en la Resolución General 3420.

Se debe contar con Clave Fiscal. Es una contraseña que valida al contribuyente para operar en el sitio web de la AFIP y se obtiene en la dependencia más cercana a su domicilio fiscal.

Cargar datos biométricos. Los contribuyentes que operen con CUIT deberán concurrir a su dependencia más próxima para que les tomen una foto, huellas dactilares y le escaneen el DNI. [Preguntas frecuentes sobre este proceso]

Luego habrá que informar el CBU. Los reintegros se realizan a una cuenta bancaria que debe ser de titularidad del solicitante. Para esto, se debe notificar la Clave Bancaria Uniforme a través de la web de la AFIP (mediante Clave Fiscal), donde se debe elegir la opción “Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social”.

¿Cómo ingresar al servicio web de la AFIP? Una vez que haya gestionado su clave, ingrese a www.afip.gob.ar, presione en el recuadro “Acceso con Clave Fiscal”. Ingrese al sistema con sus datos y diríjase a la opción “Mis Aplicaciones Web”. De no encontrar este servicio deberá habilitarlo utilizando la opción “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”.

La devolución de las percepciones para contribuyentes que no pagan Ganancias ni Bienes Personales se debe tramitar completando el formulario F746/A. Para acceder a este, al igual que en los pasos anterior, hay que iniciar sesión en la web de la AFIP con la Clave Fiscal.

Seguir la ruta: Mis Aplicaciones Web > Buscar Formulario > Nuevo > Elegir el menú desplegable “Formularios” y elegir la opción “F.746/A – DEVOLUCIONES Y TRANSFERENCIAS”.

A partir de ahí, la AFIP cuenta con hasta 45 días para resolver el trámite de su solicitud. Puede aceptarlo y proceder a la devolución en su cuenta bancaria o bien rechazarlo y solicitarle más información.

Si una vez transcurrido el plazo no recibió respuesta alguna, el contribuyente está habilitado a presentar una “Nota para pronto despacho” a modo de reclamo que puede presentar por duplicado en la dependencia del organismo más cercana a su domicilio fiscal.

La misiva se debe ingresar por mesa de entrada y el domicilio que se declara debe coincidir con el fiscal informado a la AFIP


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