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Reserva Natural Urbana El Trébol



Reserva Natural Urbana El Trébol

Nota leída en el Concejo sobre el tema de la concesión al Cerro Campanario

Nota leída en el Concejo sobre el tema de la concesión al Cerro Campanario





 Buenos días a todos y a todas.

Sr presidente

Sres Concejales

 

Agradecemos este espacio para dar a conocer el análisis que realizamos de lo sucedido y expresado en el último encuentro de esta Comisión en la cual se trató el tema Campanario.

 

 

Respecto de la reunión de la Comisión de Gobierno y Legales del 9 de Mayo, nos quedaron objeciones, preguntas y opiniones para dar a conocer en esta Comisión, a saber:

 

- Por empezar, nos asombra que el Concejal Sánchez insista en que el Cerro Campanario no pertenece en su totalidad a la Reserva Natural Urbana Laguna El Trébol, con categoría Paisaje Protegido, Área Protegida según Carta Orgánica Municipal, con una importante mención de uno de los premios más importantes del mundo a nivel de la conservación, que otorga el Emirato de Duwai. Es así Señores Concejales. Todo esto es un orgullo para los vecinos, y obviamente, debiera serlo para el Estado Municipal.

Y para quienes llegaron a esta reunión sin esta fundamental información, les comunicamos que desde la primer ordenanza de creación de la Reserva, 1570-CM-05, hasta la última 2398-CM-13, queda establecido que la chacra 19-1-F-004, COMPLETA, está dentro de la RNU. Los competentes técnicos de la extinta Subsecretaría de Medioambiente, ya advertían por aquel entonces, que la categoría de zonificación no estaba otorgada JUSTO en el sector del teleférico pero sí en gran parte de la chacra, al igual que JUSTO había un error de tipeo que dejaba afuera el predio de Las Promesas y que JUSTO en el mapa también quedó sin incorporar y sin zonificación el predio de Prievke. Es importante mencionar, que son JUSTO los tres mega proyectos que se ciernen actualmente en la RNU. Notable, no? Por pertenecer a la Reserva, por lo tanto, a este proyecto le corresponden varias determinaciones de nuestro Plan de Manejo, a saber:

1.Incuestionablemente, debe pasar por el análisis de la Comisión Mixta, para que el proceso NO viole las normativas

.2 Solicitar los Informes de Factibilidad Ambiental o Estudios de Impacto Ambiental en construcciones de mediana a gran envergadura. Consideramos que éste sería el caso de este proyecto. El Estudio de Sensibilidad ambiental al cual no hemos tenido acceso, si existiera, NO reemplaza estas exigencias.

.3 Inhibir la ubicación de infraestructura urbana de alto impacto ambiental dentro de los límites de la Reserva. Consideramos que éste sería también el caso de este proyecto. Alto impacto ambiental y visual. Una edificación inmensa en la cumbre de un pequeño cerro.

.4 Los informes de factibilidad ambiental y los estudios de impacto ambiental que se soliciten para emprendimientos dentro de la RNU, serán realizados por un equipo designado por la Comisión Mixta y no por el solicitante.

.5 Para las construcciones medianas y grandes, debe presentarse un plan de manejo de obra, responsabilidad del constructor.

.6 Limitar los movimientos de suelo a lo estrictamente necesario para la construcción de instalaciones e infraestructuras.

.7 La altura máxima de las construcciones, será menor a la del dosel arbóreo circundante, de forma de mantener los valores paisajísticos.

.8 Inhibir la construcción de instalaciones en zonas con pendientes mayores a 20 grados y requerir informe de factibilidad o estudio de impacto ambiental, con énfasis en el análisis de estabilidad de pendientes y erosión, cuando se pretenda construir en sectores de pendientes de 15 a 20 grados , y se acotarán al máximo posibles movimientos de suelo, para minimizar , cuestiones de estabilidad y procesos erosivos por afectación de la pendiente.

Además, en el mapa de la ordenanza 2020-CM-2010, queda esclarecida la categoría de bosque permanente y nativo en toda el área del Cerro Campanario.

 

Ante la pertinente pegunta del Sr. Luciano Celsi sobre el porqué de la aceptación por parte del municipio, de un canon del 10 por ciento, el Concejal Sánchez respondió que la empresa conoce sus gastos operativos.

Y nosotros nos preguntamos: ¿Realizó el Municipio un análisis de los costos y las ganancias que importa el Cerro Campanario, como para afirmar que el canon es justo y lógico y generoso como contraparte de lo que se está ofreciendo? Indudablemente es un buen negocio para cualquiera que tuviese el manejo del Cerro ¿En qué se basa el Municipio para aceptar un 10 por ciento??

 

- En cuanto al sendero peatonal, los vecinos descreemos de que las negociaciones con los propietarios cuyos lotes son atravesados por el camino peatonal al Cerro, más todas las mensuras correspondientes, el deslinde administrativo, y la Ordenanza del Concejo Deliberante y las escrituras correspondientes, sean un trámite sencillo y seguro como se minimizó en dicha Comisión.

Esta ha sido la experiencia de la Junta Vecinal el Trébol, siendo que cuando realizó todos estos pasos para la red de agua de impulsión, con su tendido de caños por lotes privados y la colocación de la Cisterna en un terreno privado, cedidos todos estos metros generosamente por los vecinos, pasaron más de dos años para terminar el trámite. Y no había ningún nivel de conflicto. Y recordamos que los vecinos del Km 6 están pidiendo hace un año, una humilde servidumbre de paso de pocos metros, que aún no les ha sido concedida. Y en el caso que nos compete, la regulación de las servidumbres de paso sobre terrenos privados que aseguren el sendero peatonal, supone un riesgo. Es muy optimista afirmar la viabilidad de la propuesta antedicha. Y son trámites que tienen que ser cumplimentados a priori, para ofrecer a la ciudadanía certeza de su factibilidad.

 

-El concesionario estaría obligado a construir con 103.000 dólares un centro de usos múltiples para las Juntas Vecinales del Oeste. Esto trae a colación varias sugerencias y opiniones, y preguntas a saber:

.1 ¿Se consensuó con las JVS cuáles eran sus prioridades para invertir ese dinero?

.2 ¿Se hizo un llamado a su participación para conocer cuáles consideran que son necesidades a cubrir con urgencia?

. 3 Festejamos saber que se cuenta con terrenos fiscales en el Oeste, por lo tanto, opinamos que lo apropiado sería que las Juntas vecinales del Oeste, pudiéramos definir cuáles de esos terrenos son los óptimos para construir lo que las JVS definan. Y vuelvo a repetir, lo que las Juntas Vecinales definan. Y aquí hago mención a los vecinos del kilómetro 13, a los que les imponen un gimnasio en un área de plaza pública. Los niños NO son los privilegiados en esta situación. Decimos, habiendo otros terrenos fiscales… Y recordamos que el Sr. Bullaude en la primer jornada del Plan del Oeste, afirmó que la instalación de las obras a cubrir todas las necesidades del Oeste, serían en tierras del hipódromo. Nos preguntamos qué pasó con ese compromiso.

. Además, desestimamos absolutamente, que el monto que propone el Municipio que el proponente invierta en el Oeste, alcance para construir cualquier obra de significación, sea un centro de salud, un salón de usos múltiples, una escuela, un gimnasio, cloacas.

Es un monto fuera de la realidad actual, y por lo tanto una compensación inaceptable.

- En cuanto a la compensación relativa a las obras viales, y como conocedores profundos de la dificultad de transitar caminando o por otros medios todos los días por Bustillo en el sector del Campanario, nos gustaría conocer cuál es la propuesta, si existiera alguna viable. Obviamente no aceptaremos ninguna que implique, ni importantes movimientos de tierra, ni mas avance del ya realizado sobre el bosque nativo.

Y pedimos que la solución a este problema, que genera un grave peligro para quienes transitan por allí, también quede resuelto antes de extender la concesión.

 

- No entendemos la justificación realizada por el consecionario sobre el porqué no se hicieron las obras comprometidas, para que la concesión anterior le fuera adjudicada.

Es verdad que desde el año 2005 al 2007, período de realización del Plan de Manejo, las obras estuvieron paradas por resolución.

Luego, desde el 2007 al 2022, devino un largo período, donde no se presentó ningún proyecto sujeto a las nuevas normativas. No logramos entender el porqué se esperó a la aprobación del Plan del Oeste, para presentar el proyecto actual. No entendemos cómo a lo largo de tantos años el Ejecutivo Municipal, no presionó al Consecionario a cumplir su compromiso.

El Sr. Otano manifestó en esa reunión, apoyando la falta de cumplimiento del consecionario, que habían limitaciones para realizar la obra a la que se había comprometido.

Obviamente, eran las limitaciones establecidas por el Plan de Manejo de la Reserva, limitaciones que tiene cualquier normativa que sea obligatorio cumplir en el momento que corresponde. Y son las normativas que rigieron y rigen a lo largo de los últimos 16 años. Por lo tanto, es injustificable dicha postergación.

 

También , desestimamos lo dicho por el Concejal Sánchez y la Concejal Almonacid, respecto de la información dada a la ciudadanía previo a la Audiencia pública, afirmando que después de la misma, sólo se incorporaron unas modificaciones vinculadas con el paso por comisiones.

Sabemos que la opinión de los vecinos se basó en el 20 por ciento de la información que poseía el Concejo en ese momento. Esto, es completamente inaceptable.

 

Y respecto a los tiempos de este expediente, desestimamos el apuro manifestado en la Comisión de Legales por la Concejal Almonacid, sobre la eternización en la aprobación del proyecto, ya que no hubo presentación alguna a lo largo de 15 años, sin que el Municipio se preocupara por la situación y sin que los turistas y los locales hayamos podido disfrutar de las mejoras a lo largo de ese período. Entonces nos preguntamos el porqué de la urgencia actual. Para su aprobación, hay que resolver las objeciones de los vecinos, responder satisfactoriamente a sus preguntas y a sus reclamos, no con negaciones apresuradas y argumentos sin peso, y llegar a un acuerdo satisfactorio. Si este fuera el deseo compartido de todas las partes, y habiendo transcurrido 15 años desde la elaboración del primer proyecto, creo que nos podemos tomar un poco más de tiempo y esperar a la nueva Audiencia solicitada y dar los pasos administrativos que imponen el tránsito del expediente por la Comisión Mixta. Es imperioso tomarse el tiempo necesario y hacer las cosas seriamente, para que estos emprendimientos se realicen correctamente, cumpliendo las normativas a las que están sujetos, dándoles la credibilidad necesaria, por el bien común y con una actitud respetuosa hacia toda la ciudadanía.

 

Los vecinos Pro Reserva, afirmamos que las normativas que corresponden a este emprendimiento, son las vinculadas con los Planes de Manejo, destinadas a proteger el valioso patrimonio ambiental de Bariloche que nos pertenece a todos y todas. Y no admitiremos otro marco para la evolución de este proyecto, ni para CAUMA, ni para Constelación Sur, que las normativas vigentes, que son las que rigen las Reservas.

 

Gracias por su atención.

https://www.youtube.com/watch?v=t-Da-BbeWiw

Reserva Natural Urbana Laguna El Trébol (Ordenanza 1570-CM-05)
https://www.facebook.com/reservanaturalurbanaeltrebol

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