Entre 45 y 60 días estarán funcionando legalmente los radares de tránsito habilitados en Río Negro
A partir del lunes pasado comenzó a regir la nueva reglamentación de los radares de tránsito en toda la Provincia, regida exclusivamente por la ley 5.726. Los municipios y operadores que quieran contar con estos radares tendrán 60 días para registrarlos ante la Agencia Vial Provincial, única autoridad habilitante.
Así lo explicó al programa Engranaje de Radio Seis el legislador Javier Acevedo, impulsor de la normativa que ordenó el funcionamiento de los radares, tanto los que eran habilitados por la Nación, como la Provincia y aquellos fuera de toda habilitación.
La ley entró en vigencia hace tres meses, lapso en el que los municipios debieron cesar su uso y adecuarse a los requisitos de la ley, y a partir de esta semana se abre otro plazo en el que no los podrán operar hasta ser anotados en un registro y habilitados por la Agencia Vial Provincial.
“Faltaba la reglamentación de la ley, y este lunes salió en el Boletín Oficial, que da un plazo de 72 horas para dejar sin funcionar a todos. Esto significa empezar de cero, como si nunca hubiera habido radares en la provincia. Ahora todos deberán funcionar bajo órbita de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, todos deben registrarse”, explicó Acevedo.
Agregó que algunos municipios no acataron el plazo anterior, como en Zona Andina y Darwin, y aclaró que no hay que pagar las multas cobradas en ese lapso, fueron anuladas por la reglamentación.
“Ahora cualquier municipio que quiera activar tiene 60 días para disponer de toda cartelería y requisitos de las normas de tránsito, para ser habilitados”, señaló.
Agregó que “ningún municipio por decisión propia podrá operar un radar por su cuenta” y advirtió que “habrá acciones judiciales para el municipio que no acate la ley”.