Noticias de hoy

Ley Pierri entrará en vigencia en los próximos días
La ley que permite la regularización dominial de inmuebles por prescripción administrativa comenzará a ser aplicada durante las próximas semanas en un programa que efectuará el Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social. La nueva normativa facilitará la regularización de numerosas posesiones informales, permitiendo que los sectores de menores recursos económicos puedan obtener los títulos de propiedad por un mecanismo alternativo al costoso y extenso juicio de usurpación.
La reglamentación definitiva de la Ley 4745 (modificatoria de la Ley Provincial 3396, que adhiere a la Ley Nacional 24.374, conocida como “Ley Pierri”) está siendo terminada por el Instituto de Promoción y Planificación de la Vivienda (IPPV). El organismo provincial ha delegado parte de la autoridad de aplicación del procedimiento en las estructuras municipales vinculadas a las políticas de tierra y vivienda. En este sentido, el IMTVHS se convertirá en la primera Unidad Ejecutora Local que ponga a prueba los mecanismos administrativos para regularizar la tenencia informal de inmuebles.
En principio el IMTVHS ha resuelto iniciar la aplicación del procedimiento en algunos barrios que cuentan con situaciones de posesión de características más homogéneas. Los beneficiarios de la regularización dominial serán ocupantes que acrediten la posesión pública, pacífica y continua, con anterioridad al 1° de enero de 2006, y su causa lícita, de inmuebles urbanos que tengan como destino principal el de casa habitación única y permanente y reúnan las características previstas en la reglamentación.
“Esperamos que miles de casos de los sectores populares puedan regularizar su situación dominial. Es un sistema más justo porque el juicio de usucapión es muy caro y no le resuelve el problema a la gente con menores recursos económicos”, sostuvo el presidente del IMTVHS, Gustavo Gennuso.
El Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social ha trabajado durante varios meses con legisladores provinciales y con el IPPV para promover la sanción de la Ley y definir su reglamentación. Con el fin de descentralizar territorialmente la aplicación de la normativa se ha resuelto que sean los municipios los que designen o creen la dependencias específicas que serán las Unidades Ejecutoras Locales.
Básicamente el procedimiento administrativo establece que, una vez que los aspirantes a ser beneficiarios cumplen con los requisitos para acceder al programa, se cite formalmente al titular del inmueble al último domicilio conocido o al registrado para el cobro de impuesto inmobiliario debiendo asimismo publicarse los edictos en el Boletín Oficial y en radiodifusoras durante tres días consecutivos. Luego de 30 días de la última publicación, si no surge una oposición debidamente fundamentada del titular del inmueble, el beneficiario procede al pago del 1% del Valor Fiscal Especial de inmueble. Cumplimentados todos los pasos el beneficiario podrá obtener una escritura imperfecta. Al cabo de 10 años, si no hubiere reconocimiento judicial a un eventual reclamo del titular, el beneficiario accederá a la Escritura Perfecta de propiedad.