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Nación reglamentó la ley de reactivación de la actividad turística
La Ley de Sostenimiento y Reactivación Productiva de la Actividad Turística Nacional (N° 27.563) fue reglamentada este martes (13/10) que tiene como objetivo contener a las empresas turísticas e implementar medidas para fortalecer al sector y “potenciarlo en la pospandemia”.
Entre las medidas que contempla la nueva ley, se anuncia la prórroga en la vigencia del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) hasta el 31 de diciembre 2020, que abarcará a los emprendimientos que se encuentren “paralizadas o tengan una facturación inferior al 30%”.
Los beneficios anunciados incluyen una reducción del pago de las contribuciones patronales del 95% y un salario complementario, abonado por el Estado Nacional, para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado del 50% del salario neto, “no pudiendo ser inferior a un salario mínimo, vital y móvil (SMVM) ni superar los dos salarios”, se explicó por medio de una comunicación oficial.
También se pondrá en marcha el programa Bono Fiscal Vacacional, que prevé impulsar el turismo y “desestacionalizar” la demanda. Este plan contempla un aporte en favor de las familias cuyos ingresos mensuales netos totales no superen el equivalente a cuatro SMVM, unos 67.500 pesos, “mediante el otorgamiento de un bono fiscal emitido bajo modalidad electrónica, destinados exclusivamente al pago de servicios ofrecidos dentro del país por empresas habilitadas del sector”.
La ley además permite ejecutar el Plan de Preventa para reactivar el turismo interno, que consiste en el reconocimiento de un crédito por parte del Estado Nacional equivalente al 50% del monto por cada operación de compra de servicios turísticos a ser brindados dentro del territorio nacional. Las compras en concepto de preventa se podrán realizar hasta el 31 de diciembre de este año, y los servicios adquiridos deberán ser usufructuados durante el 2021.
Los emprendedores turísticos también se podrán ajustar a una moratoria impositiva y a “beneficios fiscales” a partir de la prórroga por 180 días el vencimiento del pago de los impuestos existentes o a crearse. Además será suspendida por ese mismo plazo la traba de cualquier tipo de medida cautelar a requerimiento de la AFIP y la ANSES para las empresas del sector.
Para acceder a las medidas que contempla esta ley, las empresas deberán estar inscriptas en un registro creado en el Ministerio de Turismo y Deporte de la Nación, lugar desde el que se resaltó que “el Estado Nacional lleva invertido más de 60.000 millones de pesos para sostener al sector turístico y potenciarlo en la pospandemia”.
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