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Por fin se conocen los horarios "definitivos" en Bariloche
El municipio, tras lo que se había comentado en días anteriores, finalmente emitió una resolución (la 00002886-I-2020), donde se ajustaron los horarios que tendrá Bariloche a partir del paso a Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO), con ciertas extensiones durante la Fiestas, cuando los establecimientos gastronómicos podrán estar abiertos hasta las 3, y la circulación de gente se establece hasta las 4.
En cuanto al resto de los días, “la circulación de personas, por cualquier medio habilitado, solo podrá realizarse entre las 6 y la 1”, no hasta las 2, como se había indicado con anterioridad.
En cuanto a los comercios, de productos esenciales y no esenciales, como las actividades de servicios no esenciales, podrán funcionar “de lunes a domingo, en el horario comprendido entre las 8 y las 23, debiendo para ello dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios en el marco del COVID-19”.
En cuanto a los restaurantes, cervecerías, bares, cafés, heladerías y establecimientos similares, aunque se había expuesto que podrían permanecer abiertos hasta la una de la mañana, tendrán permitido trabajar “de lunes a domingo en el horario comprendido entre las 8 y las 24”, siempre en el marco del cumplimiento de las medidas preventivas hacia el coronavirus.
En cuanto al delivery, se permitirá, todos los días, entre las 8 y las 24.
En lo que se refiere a reuniones sociales o familiares en espacios cerrados, y en los domicilios particulares, tendrán un límite de diez personas. Y se especifica que “la misma limitación regirá en espacios al aire libre si se trata de espacios privados de acceso público y de los domicilios de las personas, salvo el grupo conviviente”.
La vigencia de la resolución está determinada hasta el 31 de enero del año próximo.
En vistas a las Fiestas, se aclara que el 24 y 25 de diciembre, así como el 31 del mismo mes y el 1° de enero, se autorizará a “los comercios del rubro gastronómico (restoranes, bares, confiterías, y locales similares) a extender el horario de funcionamiento hasta las 3”.
Además, “en tales fechas se autoriza, de manera excepcional, la circulación de las personas hasta las 4”.
Ante el incumplimiento de estas obligaciones por parte de los comercios, la medida establecida es la clausura, como también las multas que disponga el Juzgado de Faltas Municipal.
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