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Prórroga por Catedral: La Justicia le dio vía libre al municipio para la suscripción del contrato
En un fallo unánime, la Cámara de Apelaciones en lo Civil declaró abstracto el proceso judicial. Ahora el intendente Gennuso estará habilitado a suscribir el contrato de prorroga en los términos de la ordenanza firmada en 2018.
La resolución judicial se dio a conocer en la tarde de este martes, por la cual la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la Tercera Circunscripción Judicial, integrada por los jueces Carlos Cuellar, Emilio Riat y Jorge Serra, por unanimidad, declararon abstracta la cuestión de fondo, en lo que hace a la presentación de inconstitucionalidad, de la ordenanza que permitía la extensión contractual de Catedral Alta Patagonia por 30 años más a partir de 2026.
Los camaristas resolvieron que, como el legislador Alejandro Ramos Mejía desistió de esta acción judicial y los ahora exconcejales, Ana Marks y Daniel Natapof solamente eran adherentes a la acción interpuesta contra la Resolución 6.961 de 2017 y no contra la Ordenanza 2.929, la causa cayera por “abstracta”.
De esta manera, si los exfuncionarios no interponen ningún tipo de recurso judicial contra esta resolución, el intendente Gustavo Gennuso estará habilitado a suscribir el contrato de prorroga en los términos de la Ordenanza 2.929, que fuera sancionada en 2018.
Sin dudas que esto significa un triunfo para la gestión de Gennuso, quien respaldó sus actuaciones al respecto en todo momento, destacando las inversiones que se realizarían en el cerro Catedral, la mano de obra que esto generaría y la jerarquización que significará para el centro de esquí.
La incógnita ahora, está por el lado de Catedral Alta Patagonia. Restará definir si la compañía (miembro del Grupo Vía Bariloche) sigue dispuesta a invertir los 22 millones de dólares en el contexto actual de pandemia y con el valor exorbitante al que ha llegado la moneda estadounidense.
El recorrido
En 2017, el intendente Gustavo Gennuso, cuando promediaba su primer mandato, impulsó la prórroga de la concesión de Catedral Alta Patagonia, entendiendo que en los años que le quedaban de explotación el convenio no fijaba más inversiones y esto perjudicaría al centro de deportes invernales y por ende, al destino Bariloche.
Tras idas y vueltas, se hicieron algunos cambios al proyecto original ratificado por la resolución, y luego se convalidó la contratación por mayoría especial en el Concejo Deliberante.
Previo a esto, quienes se oponían a esta extensión juntaron miles de firmas, se hizo una audiencia pública que duró dos jornadas y la expresión de ese sector de la sociedad, se mostró mayoritariamente en contra de la iniciativa oficialista.
Sin embargo, los actores vinculados a la actividad invernal y de la montaña, apoyaron la propuesta por considerarla positiva, moderna y generadora de fuentes laborales.
El legislador Alejandro Ramos Mejía inició un proceso judicial contra la resolución que ratificaba el acta de intención con Alta Patagonia, rubricada a fines de noviembre de 2017, proceso al que adhirieron Marks, Natapof y la entonces diputada provincial Edith Garro. Tiempo después, la Justicia hizo lugar a la medida cautelar y la firma del convenio quedó en un compás de espera. Desde ya, el municipio apeló esa cautelar al Superior Tribunal de Justicia.
Mientras tanto, los dirigentes de la oposición ampliaron la acción de inconstitucionalidad, ahora contra la ordenanza. Con el detalle que solamente la firmó Alejandro Ramos Mejía y el resto no adhirió al pedido de inconstitucionalidad de la Ordenanza 2.929.
Así las cosas, la Justicia acumuló ambas causas en un solo proceso. Sin embargo, el año pasado, una vez pasadas las elecciones provinciales y nacionales, Ramos Mejía desistió de continuar con la acción de inconstitucionalidad y del derecho de ambos procesos. Razón por la cual, la Municipalidad solicitó el desistimiento de la acción y que se declare abstracto el proceso.
La Comuna (en ese momento patrocinada por la abogada Natacha Vázquez), planteaba que si Ramos Mejía desistía, ya no había actores accionando en tal sentido, puesto que Marks y Natapof solo adherían al planteo de impugnación de la resolución y no de la ordenanza que autorizó la prórroga.
En términos generales, eso fue lo que entendió la Cámara de Apelaciones y concluyó que hoy es abstracto analizar la cuestión de fondo, con lo cual archivará las actuaciones. Y además, impone las costas del proceso a Marks y a Natapof.
De esta manera, Gennuso ganó una dura pulseada y estaría en condiciones de firmar ese convenio en los próximos días, el cual permitirá que Catedral Alta Patagonia gerencie el cerro Catedral hasta el año 2056.
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