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En ambos casos, el horario permitido será hasta la 1:00 de domingo a jueves y hasta las 2:00 los días viernes, sábado y vísperas de feriado.
Cabe recordar que según las medidas dispuestas días atrás rigen las siguientes habilitaciones especiales:
- Las reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 10 personas. Si el domicilio contare con espacio al aire libre y la reunión se realizare en el mismo, la concurrencia podrá alcanzar hasta 20 personas.
- Las actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de hasta 100 personas.
- Locales comerciales de cualquier rubro podrán funcionar respetando el horario de circulación habilitado.
- Realización de actos públicos y protocolares, aniversarios y fiestas populares, sin aglomeración de personas y respetando el distanciamiento social.
- La práctica deportiva en espacios públicos y privados cerrados con el 70% del aforo.
- La realización de eventos, encuentros y competencias deportivas, profesionales o amateurs, podrá realizarse con público asistente hasta un 50% del aforo máximo.
- La realización de eventos religiosos en lugares cerrados, con un 70% de aforo.
- Las clases presenciales y ensayos de actividades artísticas, individuales o en grupos reducidos de hasta 10 personas con sistema de “burbujas”, con un aforo máximo del 70%.
- La apertura de bibliotecas con entrega de libros y las salas de lectura de las bibliotecas con máximo de aforo de hasta el 70%.
- Las actividades en cines, teatros, museos y salas de espectáculos de centros culturales, podrán funcionar durante el horario de circulación habilitado, con un 70% de aforo.
- La actividad de casinos y bingos funcionaran dentro del horario permitido para circular, con un aforo máximo del 70%.
- La apertura de salones de eventos con un aforo máximo del 70% del espacio disponible, o un máximo de 100 personas, respetando los protocolos vigentes.
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